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Autorizados para realizar gestiones en tienda

Si tienes dudas de cuándo debe acudir a tienda el titular y cuándo puede venir una persona autorizada, aquí te explicamos las distintas modalidades y qué gestiones se pueden realizar en cada caso.

1. Titular

Si eres el titular de los productos con Movistar, siempre vas a poder realizar cualquier gestión en tienda aportando la documentación necesaria.

 

RECUERDA: Por tu seguridad, en la tienda siempre acreditarán tu identidad.

2. Autorizado tradicional

Puede acudir a tienda otra persona en nombre del titular a  realizar una operación, pero el titular tiene que estar disponible para hacer la firma facial a distancia. Ten en cuenta que:

 

  • El titular recibirá vía SMS a su línea o cualquier otra línea proporcionada un enlace para iniciar el proceso de Firma Facial.
  • Durante el proceso de Firma Facial se solicitará al titular su documento de identidad y selfie. Solo si previamente nos ha dado su consentimiento se le pedirá únicamente un selfie.

3. Representante legal de persona física

El representante legal puede actuar en nombre del titular si el titular está disponible para hacer la firma facial a distancia:

 

  • El titular recibirá vía SMS a su línea o cualquier otra línea un enlace para iniciar el proceso de Firma Facial.
  • Durante el proceso de Firma Facial se solicitará al titular su documento de identidad y selfie. Solo si previamente nos ha dado su consentimiento se le pedirá únicamente un selfie.

 

Solo si el titular no puede hacer Firma Facial, y siempre que acuda a tienda el representante legal (facultad otorgada por la ley), podrá actuar en nombre del titular aportando los siguientes documentos para identificarse:

 

  • Documento identificativo del representante legal.
  • Acreditación documental de la condición del representante legal o Poder Notarial.
  • Fotocopia del documento identificativo del titular.

4. Clientes persona jurídica

En el caso de clientes persona jurídica (antiguo CIF) siempre deberá acudir a tienda una persona física que esté legalmente habilitada para actuar en nombre de la persona jurídica (representante o interlocutor válido). La forma de garantizarlo será aportando documentación adicional que lo acredite:

  • Poder Notarial.
  • Escritura o Inscripción en Registro Mercantil.
  • Copia del CIF otorgado por Hacienda + contrato de constitución de la sociedad.

 

Si en nuestros sistemas ya está dado de alta como Interlocutor/representante de la empresa, únicamente deberá aportar su documento identificativo (porque anteriormente ya ha presentado la documentación que le acreditaba como representante y está dado de alta como tal)